Actualizado: julio de 2026. Este artículo se revisa con cada convocatoria nueva.
Qué ha pasado con los Next Generation
La gran convocatoria de rehabilitación energética financiada con fondos europeos Next Generation que gestionaba el Consorci de l'Habitatge de Barcelona cerró el 30 de junio de 2026, con varios de sus programas agotados y solicitudes en lista de reserva. Las comunidades que llegaron a tiempo están ahora en fase de ejecución y justificación; las que no, se preguntan qué queda.
La respuesta corta: quedan ayudas, y viene un plan nuevo con 7.000 millones. Pero exigen algo que la mayoría de comunidades no tiene: los deberes hechos ANTES de que se abra la convocatoria.
Ayudas vivas ahora mismo en Barcelona
1. Medianeras: hasta 70.000 € y con fecha límite (16 de noviembre de 2026)
El Ajuntament mantiene la subvención para rehabilitar paredes medianeras: hasta el 50% del coste con tope de 70.000 € si la actuación incluye abrir ventanas o balcones de al menos 4 m² (30% y 30.000 € sin aperturas, con bonus adicional si se instala fotovoltaica). El plazo de solicitud acaba el 16 de noviembre de 2026 y las obras deben empezar antes del 31 de marzo de 2027. Requiere acuerdo de junta - si tu edificio tiene una medianera vista y fea, este trimestre toca convocarla.
2. Deducciones en el IRPF por obras de eficiencia energética
Las deducciones estatales por obras que reduzcan el consumo energético (20%, 40% o 60% según el alcance, esta última para rehabilitación integral de edificios) siguen operativas para obras certificadas. Conviene confirmar plazos exactos con el certificado energético en la mano antes y después de la obra.
3. Bonificaciones locales
Instalar placas solares sigue teniendo bonificación en el IBI en Barcelona y la mayoría de municipios metropolitanos, y el Codi Civil lo pone fácil: desde el Decret Llei 28/2021, los acuerdos de eficiencia energética o instalación de renovables en elementos comunes se aprueban por mayoría simple (art. 553-25.2.d), aunque afecten a la estructura o configuración exterior del edificio.
Lo que viene: Plan Estatal de Vivienda 2026-2030
El Real Decreto 326/2026 (BOE de 23 de abril de 2026) aprobó el nuevo Plan Estatal: 7.000 millones de euros, con cerca del 30% destinado a rehabilitación. Las cuantías previstas por vivienda: hasta 8.000 € (40% del coste) en actuaciones de mejora, hasta 12.000 € (60%) combinando actuaciones, y hasta 18.000 € en materia de accesibilidad.
Falta el paso clave: el convenio entre el Estado y la Generalitat y la publicación de la convocatoria catalana, previsiblemente entre finales de 2026 y 2027. Cuando se abra, pasará lo de siempre: plazos cortos, documentación exigente y las comunidades preparadas se llevarán el dinero.
Cómo preparar a tu comunidad ahora (para cobrar después)
- ITE al día: sin inspección técnica del edificio (obligatoria a los 45 años en Catalunya) no hay expediente de ayudas que prospere.
- Informe y certificado energético del estado actual: la mejora se mide contra él; sin foto inicial no hay porcentaje de mejora que acreditar.
- Acuerdo de junta bien adoptado: para eficiencia energética basta mayoría simple (art. 553-25.2 CCC); dejamos el acta redactada de forma que no sea impugnable.
- Fondo de reserva y plan financiero: las ayudas se cobran tarde; la comunidad necesita puente financiero (fondo, derrama planificada o financiación, cuyo acuerdo también es mayoría simple, art. 553-25.2.g).
- Proyecto y presupuestos comparados listos en el cajón: la convocatoria no espera a nadie.
En Gestor Vecinal hacemos este circuito completo -ITE, técnico, acuerdo, solicitud y justificación- y avisamos a nuestras comunidades el mismo día que se publica cada convocatoria en el DOGC. Es parte del servicio, no un extra.
Preguntas frecuentes
¿Ha desaparecido definitivamente la ayuda Next Generation?
La convocatoria barcelonesa cerró el 30 de junio de 2026. Los fondos europeos de ese programa terminan su ciclo; el relevo natural es el Plan Estatal 2026-2030, con convocatoria catalana pendiente de publicación.
¿Qué mayoría necesita mi comunidad para aprobar obras de rehabilitación energética?
En Catalunya, mayoría simple de los propietarios participantes que representen la mayoría de sus cuotas (art. 553-25.2 CCC, reformado por el Decret Llei 28/2021 precisamente para facilitar estas obras). El acuerdo queda adoptado con los votos de los presentes; los ausentes que no se opongan por escrito en el plazo de un mes se consideran adheridos y pierden la posibilidad de impugnarlo (art. 553-25.6).
Nuestra comunidad no llegó a la convocatoria anterior, ¿empezamos de cero?
No: todo lo preparado (ITE, certificado, proyecto, acuerdo) sirve para la siguiente ventana. Lo caro es improvisar cuando ya está abierta.

